El expresidente de Honduras, Porfirio Lobo Sosa (2010-2014), utilizó su cuenta en X para citar el artículo 272 de la Constitución de la República, en un contexto marcado por las recientes tensiones entre las Fuerzas Armadas y el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Lobo Sosa enfatizó que no se puede ocultar la realidad de los hechos. “No se puede tapar el sol con un dedo”, expresó en su publicación.
El exmandatario compartió el contenido del artículo constitucional que define a las Fuerzas Armadas como “una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante”.
También recordó que la misión de la institución castrense es “defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República”.
Además, citó la función de cooperación con la Policía Nacional para garantizar el orden público, así como su responsabilidad en el proceso electoral. “Estos cooperarán con la Policía Nacional en la conservación del orden público a efecto de garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de seguridad del proceso”, indicó.
Finalmente, Lobo Sosa mencionó la disposición constitucional que establece la subordinación de las Fuerzas Armadas al Tribunal Supremo Electoral durante el período electoral. “El Presidente de la República, pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Tribunal Supremo Electoral, desde un mes (1) antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas”, concluyó.
El expresidente de Honduras, Porfirio Lobo Sosa (2010-2014), utilizó su cuenta en X para citar el artículo 272 de la Constitución de la República, en un contexto marcado por las recientes tensiones entre las Fuerzas Armadas y el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Lobo Sosa enfatizó que no se puede ocultar la realidad de los hechos. “No se puede tapar el sol con un dedo”, expresó en su publicación.
El exmandatario compartió el contenido del artículo constitucional que define a las Fuerzas Armadas como “una Institución Nacional de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante”.
También recordó que la misión de la institución castrense es “defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República”.
Además, citó la función de cooperación con la Policía Nacional para garantizar el orden público, así como su responsabilidad en el proceso electoral. “Estos cooperarán con la Policía Nacional en la conservación del orden público a efecto de garantizar el libre ejercicio del sufragio, la custodia, transporte y vigilancia de los materiales electorales y demás aspectos de seguridad del proceso”, indicó.
Finalmente, Lobo Sosa mencionó la disposición constitucional que establece la subordinación de las Fuerzas Armadas al Tribunal Supremo Electoral durante el período electoral. “El Presidente de la República, pondrá a las Fuerzas Armadas a disposición del Tribunal Supremo Electoral, desde un mes (1) antes de las elecciones, hasta la declaratoria de las mismas”, concluyó.